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18/02/2025 12:02:28pm

Tribunal Constitucional anula cobro excesivo en impuesto predial: ¿Cómo te afecta?

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Atención, contribuyentes. Una reciente resolución del Tribunal Constitucional (TC) ha generado importantes cambios en el panorama del impuesto predial en el Perú. En una demanda presentada por el Colegio de Abogados de Lima Sur (Exp. 00005-2023-PI/TC), el TC declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley N° 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, lo que puede impactar directamente en el monto que debes pagar como contribuyente.


¿Qué resolvió el Tribunal Constitucional?

El TC se pronunció sobre la demanda de inconstitucionalidad relacionada con la ley que regula el desarrollo urbano en el país. En particular, el tribunal declaró inconstitucional la segunda disposición complementaria modificatoria de la ley, que establecía una tasa adicional del 100% sobre el valor del suelo para el cálculo del impuesto predial. Esta disposición generaba un doble cobro de la tasa, lo que resultaba en un cobro excesivo para los contribuyentes. La resolución del TC fue clara: no se puede aplicar esta tasa adicional, ya que constituía una carga tributaria desproporcionada para los propietarios de inmuebles. A partir de 2024, la tasa adicional que duplicaba el impuesto predial ya no será exigida, lo que implica una disminución significativa de los pagos que debían realizarse bajo esa normativa.


¿Cómo te afecta esta decisión?

Este fallo puede tener un impacto directo en tu bolsillo si eres propietario de un inmueble y ya has comenzado a pagar el impuesto predial con la tasa adicional que se había establecido. Aquí te explicamos las opciones disponibles:

  1. Devolución del monto pagado: La administración tributaria podrá devolver lo que se haya pagado en exceso por concepto de esta tasa diferenciada. Esto es aplicable a los pagos realizados desde la entrada en vigor de la ley.
  2. Compensación para futuras obligaciones: Si la devolución no es posible o no se opta por ella, el monto pagado de más podría ser compensado contra futuras obligaciones tributarias, como pagos por el mismo concepto de impuesto predial u otros tributos relacionados.

¿Qué sigue en cuanto a la participación en el incremento del valor del suelo?

A pesar de anular el cobro de la tasa adicional, el Tribunal Constitucional mantuvo el cobro por participación en el incremento del valor del suelo, que está relacionado con el beneficio que obtienen los propietarios de inmuebles cuando estos aumentan su valor debido a las intervenciones del Estado en el desarrollo urbano. Este cobro se justifica como una forma de que los propietarios contribuyan al desarrollo de la infraestructura y el crecimiento de la ciudad, que a su vez incrementa el valor comercial de sus propiedades.


Conclusión

El fallo del Tribunal Constitucional representa una victoria para los contribuyentes, especialmente aquellos que estaban viendo un cobro excesivo en su impuesto predial debido a la aplicación de la tasa adicional del 100%. A partir de 2024, ya no tendrás que pagar este monto adicional, y podrás optar por la devolución o compensación de lo que hayas pagado de más. Sin embargo, el cobro por el incremento del valor del suelo se mantiene, ya que se considera una contribución al desarrollo urbano de la zona. Es importante estar atento a las próximas actualizaciones sobre este tema para asegurarte de que se respeten tus derechos como contribuyente. Este fallo también abre un debate sobre la justicia en los cobros de impuestos prediales y el equilibrio necesario entre la recaudación fiscal y la capacidad económica de los ciudadanos.


Fuente: El Peruano

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Impuesto predial | Tribunal Constitucional | Contribuyentes | cobroexcesivo
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