Header
Av. Rivera Navarrete 451 Of. 601 A San Isidro, Lima
970 702 415 / 936 888 673
capeduperu@gmail.com
LO ÚLTIMO
ACTUALIDAD
TRIBUTACIÓN
POLÍTICA
ECONOMÍA
SUNAT
Buscar
Suscribete Ahora
10/03/2025 10:58:15am

Sunat publica cronograma de vencimientos para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2024

Imagen Artículo Reciente

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha dado a conocer el cronograma oficial para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2024. La fecha límite para cumplir con esta obligación varía según el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de cada declarante.


Fechas clave según el cronograma de Sunat

El calendario de vencimientos para las empresas inicia el 26 de marzo de 2025 y culmina el 9 de abril de 2025. Para las personas naturales con rentas de primera categoría, los plazos van del 26 de mayo al 9 de junio de 2025.


Cronograma para empresas:

  • RUC terminado en 0: vence el 26/03/2025
  • RUC terminado en 1: vence el 27/03/2025
  • RUC terminado en 2: vence el 28/03/2025
  • RUC terminado en 3: vence el 31/03/2025
  • RUC terminado en 4: vence el 01/04/2025
  • RUC terminado en 5: vence el 02/04/2025
  • RUC terminado en 6: vence el 03/04/2025
  • RUC terminado en 7: vence el 04/04/2025
  • RUC terminado en 8: vence el 07/04/2025
  • RUC terminado en 9: vence el 08/04/2025
  • Buenos contribuyentes y sujetos no obligados: vence el 09/04/2025

Cronograma para personas naturales:

  • RUC terminado en 0: vence el 26/05/2025
  • RUC terminado en 1: vence el 27/05/2025
  • RUC terminado en 2: vence el 28/05/2025
  • RUC terminado en 3: vence el 29/05/2025
  • RUC terminado en 4: vence el 30/05/2025
  • RUC terminado en 5: vence el 02/06/2025
  • RUC terminado en 6: vence el 03/06/2025
  • RUC terminado en 7: vence el 04/06/2025
  • RUC terminado en 8: vence el 05/06/2025
  • RUC terminado en 9: vence el 06/06/2025
  • Buenos contribuyentes y sujetos no obligados: vence el 09/06/2025

¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta?

Deben presentar la declaración todas las personas naturales que hayan generado ingresos por alquiler de bienes, tengan saldos a favor de años anteriores o no hayan realizado los pagos mensuales del impuesto.

Las empresas están obligadas si sus ingresos netos anuales superan las 1.700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o si la normativa vigente así lo establece.


¿Cómo presentar la declaración?

 Sunat pone a disposición de los contribuyentes distintas modalidades para la presentación. Las personas naturales podrán completar el Formulario Virtual 709 a partir del 31 de marzo de 2025, ya sea en la web oficial o mediante la aplicación móvil de Sunat.

Las empresas deben realizar el proceso a través de la plataforma Sunat Operaciones en Línea con su Clave SOL. También es posible efectuar el pago del tributo en bancos autorizados utilizando el código correspondiente.

Para evitar multas o sanciones, es recomendable que los contribuyentes verifiquen sus fechas de vencimiento y cumplan con la presentación dentro del plazo establecido.



Fuente: La República

Compartir en:

TE RECOMENDAMOS LOS SIGUIENTES CURSOS

No hay suficientes publicidades para mostrar.
Leer también...
Imagen de artículo

Nuevo precedente en la Comunidad Andina: Doble tributación y el impacto en la postura de la Sunat

Leer más
Imagen de artículo

MEF modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta: Cambios clave en la definición de Exchange Traded Funds (ETFs)

Leer más
Imagen de artículo

MEF extiende periodo de prueba para asignación del Perfil de Cumplimiento Tributario

Leer más

¡Suscríbete ahora!

Entérate de las ultimas noticias

Publicidad Lado Derecho 2
TAGS
DeclaraciónDeRenta2024 | SunatPerú | ObligacionesTributarias | ImpuestoALaRenta | ClaveSOL
CONTENIDO SUGERIDO

Nosocomio Arequipeño Estará Equipado con Tecnología de Punta: Perú Avanza hacia un Sistema de Salud Fuerte, Moderno y Humano

SUNAT facilita el retorno de peruanos en el extranjero con beneficios tributarios

Política de Drawback: ¿Por qué el Gobierno mantiene el 3%?

Wilder Bringas Usquiano es designado como nuevo jefe de la ONP

Footer