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12/03/2025 11:04:20am

Sunafil establece criterio sobre discriminación salarial

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El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha definido que establecer diferencias salariales entre trabajadores nuevos y antiguos por dificultades en el proceso de reclutamiento puede constituir una forma de discriminación remunerativa.

Este criterio se desprende de la Resolución N° 109-2025-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, en la que el Tribunal se pronuncia sobre un caso en el que una empresa óptica fue sancionada por otorgar sueldos diferenciados a empleados que realizaban las mismas funciones.


Antecedentes del caso

La investigación se originó a raíz de una inspección laboral, en la que se detectó que, entre mayo y julio de 2022, la empresa pagó diferentes remuneraciones a trabajadores con el mismo cargo. La infracción fue tipificada en el numeral 25.17 del artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (RLGIT), calificándose como una falta muy grave en materia de relaciones laborales.


Tras ser sancionada, la empresa apeló argumentando que la autoridad sancionadora no se pronunció sobre todos sus descargos. Sin embargo, la intendencia de Sunafil ratificó la sanción al encontrar una diferencia salarial injustificada entre los empleados.


En su defensa, la empresa sostuvo que la variación en la remuneración se debió a la necesidad de hacer más atractivas sus ofertas salariales para captar talento. No obstante, el TFL determinó que este argumento no justificaba el trato diferenciado y confirmó la existencia de discriminación salarial.


Fundamento legal

El Tribunal recordó que la igualdad salarial por igual trabajo es un principio reconocido en el artículo 2 y el artículo 26 de la Constitución, así como en tratados internacionales ratificados por el Perú, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.


Según el Tribunal, la igualdad no implica que no pueda haber diferencias salariales, pero estas deben basarse en criterios objetivos y razonables. En este caso, la justificación presentada por la empresa no acreditó de manera suficiente las razones para el trato desigual, por lo que se configuró la discriminación remunerativa.


Decisión final

El Tribunal resolvió que la empresa incurrió en discriminación salarial directa en perjuicio de dos trabajadores y estableció que la multa impuesta debía calcularse en función de los empleados afectados, y no del total de trabajadores de la empresa.


En consecuencia, se declaró fundado en parte el recurso de revisión interpuesto por la óptica, sentando un precedente en materia de igualdad salarial en el país.



Fuente: El Peruano

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DiscriminaciónSalarial | DerechosLaborales | Sunafil | IgualdadSalarial | LegislaciónLaboral
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